“No reutilizar condiciones fue el veredicto del Grupo de Trabajo Parroquial a propuesta de los electores de Santo Amador, abandonar la Unión de Parroquias de Moura.
Eran los electores de Santo Amador, municipio de Moura, quién firmó la propuesta para la desegregación de la Unión de Parroquias de Moura, que integra las antiguas parroquias urbanas de Santo Agostinho y São João Batista.
El Comité Técnico de Evaluación del Grupo de Trabajo de Parroquias de la Asamblea, sostiene en el informe sobre el proceso de desegregación parroquial que “no cumple con las condiciones”, justificando que “la deliberación tuvo lugar después del 21/12/2022”.
De 190 procesos presentados ante la Asamblea de la República, sólo dos fueron propuestos por los votantes. Más allá de Santo Amador, también Requeixo, en el municipio de Aveiro y que también fue rechazada
De las propuestas para la eliminación de la segregación de parroquias presentadas en el distrito de Beja, ocho fueron aprobados (8) propuestas, rechazar tres (3) es una (1) calificado como no ser un proceso.
La Comisión Técnica de Evaluación del Grupo de Trabajo sobre Parroquias de la Asamblea de la República ya entregó el informe sobre el proceso de desagregación parroquial, y del distrito de Beja, once (12), pero, la (1) de ellos no fue calificado como proceso (Santa Vitória y Mombeja-Municipio de Beja).
Según el documento al que tuvo acceso Lidador Notícias, Se aceptaron las propuestas de las Asambleas Municipales de Aljustrel., Almodóvar, Ferreira do Alentejo, Moura, Ourique y Serpa y rechazó los de Castro Verde y Odemira. Con la aprobación de las ocho propuestas, 8 nuevas parroquias.
El informe se dará a conocer mañana y el calendario de aprobación final es el siguiente: Presentación de iniciativas legislativas hasta 08 Enero 2025 y Sesión Plenaria entre 15 y 18 Enero 2025.
Aprobado
Aljustrel – Propuesta de desagregación de la Unión de Parroquias de Aljustrel y Rio de Moinhos- 2 nuevas parroquias, Almodóvar – Propuesta de desagregación de la Unión de Parroquias de Almodôvar y Graça dos Padrão- 2, Almodóvar – Propuesta de desagregación de la Unión de Parroquias de Santa-Clara-a-Nova y Gomes Aires- 2, Ferreira do Alentejo – Propuesta de desegregación de la Unión de Parroquias de Alfundão y Peroguarda- 2, Ferreira do Alentejo – Propuesta de eliminación de la segregación Unión de Parroquias de Ferreira do Alentejo y Canhestros- 2, Moura – Propuesta de eliminación de la segregación Unión de Parroquias de Safara y Santo Aleixo da Restauração- 2, Ourique – Propuesta de eliminación de la segregación Unión de Parroquias de Garvão y Santa Luzia- 2 y Serpa – Propuesta de desagregación de la Unión de Parroquias de Vila Nova de S. Benedict y Vale de Vargo- 2.
Rechazado- No cumple con las condiciones
Castro Verde – Propuesta de desagregación de la Unión de Parroquias de Castro Verde y Casével
Moura – Propuesta de desagregación de la Unión de Parroquias de Moura (San Agustín y San Juan Bautista) y Santo Amador
Odemira – Propuesta para la desegregación de la Unión Parroquial de Bicos, Colos e Vale de Santiago
No califica como un proceso.
Beja- Propuesta de desegregación Unión de Parroquias de Santa Vitória y Mombeja
En 2013, con la reforma impuesta por el entonces gobierno PSD/CDS-PP, con la “Ley Relvas”, el distrito de Beja perdió 25 por ciento de sus parroquias, paso 100 para 75. Con la aprobación de las ocho propuestas, 8 nuevas parroquias, en las próximas elecciones municipales, el distrito de Beja tendrá ahora 83 parroquias.
Los presidentes de sindicatos con tres mandatos no pueden postularse para parroquias separadas.
De los diez sindicatos parroquiales del distrito de Beja que pueden desintegrarse, hay cuatro cuyos presidentes cumplen su tercer mandato y no pueden volver a postular a la presidencia de las parroquias que se separarán.
Al contrario de lo que ocurrió en 2013, presidentes de uniones parroquiales que ahora cumplen su tercer mandato consecutivo, no podrá postularse para presidente de parroquias que se separen de la que han dirigido desde entonces.
El precepto está escrito en la ley de 2021, que define el régimen de cría, modificación y extinción de parroquias y aclara las normas sobre limitación de la renovación sucesiva de mandatos. La Comisión Nacional de Elecciones (CNE) Ni siquiera he debatido el tema todavía.
Teixeira Correia
(periodista)