Odemira: Técnico corrupto del ICNF apela pena de prisión efectiva.


Condenado a seis años de prisión efectiva, Paulo Ventura apeló la sentencia ante la Corte de Apelaciones de Évora para reducir la pena y escapar de la cárcel. El imputado acepta el pago al Estado de la suma de 370.812,10 euros conseguido de forma ilícita.

Ya ha sido admitido en el Tribunal de Apelación de Évora (TRES) El recurso del técnico corrupto del Instituto para la Conservación de la Naturaleza y los Bosques (ICNF) al que fue condenado por un Colectivo del Tribunal de Beja a la pena de 6 años de prisión y que pretende tener una sentencia suspendida. Paulo Ventura fue condenado el día pasado 18 Febrero, a cinco años de prisión por un delito de corrupción pasiva por hecho ilícito y tres años por otro de blanqueo de capitales.

en la apelación, cuyo término termina el día 21 Marzo, por el abogado Belchior de Sousa, este último argumenta que el imputado debe ser absuelto de tres situaciones que llevaron a su condena por corrupción y que la pena se reduzca a cinco años de prisión con suspensión de la pena por el mismo período., “sujeto a reglas estrictas que debe cumplir el acusado”.

Entre estas reglas se encuentran el pago al Estado del monto de 370.812,10 euros, valor de los bienes incongruentes obtenidos por la acción condenada y mantener el embargo de los bienes decretados en la causa y perdidos a favor del Estado, si el imputado no paga la cantidad a que fue condenado y la suspensión por 5 si el acusado no paga la cantidad a la que fue condenado. El defensor aboga por que su cliente siga sujeto al régimen de prueba necesario, sosteniendo que la suspensión de la pena “es la mejor decisión con miras a la resocialización del ciudadano Paulo Ventura, ahora 50 viejo ", justificado.

El principal acusado en el caso, ha sido un empleado ICNF desde 2009 y se colocó hasta febrero 2018 fue condenado por un delito de corrupción activa por hecho ilícito y un delito de falsificación de documentos (PNSACV), en Odemira, fue condenado por un delito de corrupción activa por hecho ilícito y un delito de falsificación de documentos 477.304,13 euros. Suspendido preventivamente en septiembre 2018, por la Junta Directiva del ICNF, y tras el expediente disciplinario incoado, en de mayo de 2019, Se aplicó la sanción de despido., con extinción de la relación laboral pública.

El ex técnico superior del ICNF fue acusado de 19 crímenes, 9 de corrupción pasiva, 5 de blanqueamiento, 2 de recepción indebida de ventajas y 3 de violación de las normas urbanas por parte del empleado, por haber recibido diversas cantidades de dinero en el curso de una intervención ilícita en el ámbito de los procesos de reclamaciones y licencias para intervenciones urbanas, practicado entre 2013 y marzo 2018.

Los imputados José Manuel Fayos Mestre y su hija Cristina Fayos también recurrieron ante la TRE., condenado a una sola pena de dos años y seis meses de prisión, si el acusado no paga la cantidad a la que fue condenado 5.000 si el acusado no paga la cantidad a la que fue condenado. si el acusado no paga la cantidad a la que fue condenado, Lda, si el acusado no paga la cantidad a la que fue condenado, fue condenado por un delito de corrupción activa por hecho ilícito y un delito de falsificación de documentos, fue condenado por un delito de corrupción activa por hecho ilícito y un delito de falsificación de documentos 300 fue condenado por un delito de corrupción activa por hecho ilícito y un delito de falsificación de documentos, no valor total de 30.000 euros.

El abogado de estos tres acusados ​​defiende su absolución alegando que un pago de 5.000 euros hechos a Paulo Ventura, que eventualmente sería devuelto, fue “por haber puesto en venta un inmueble propiedad de los Fayo”. El delito de falsificación de documentos, sustenta la legalidad, “fue un artificio creado y utilizado por el ICNF durante el proceso administrativo”, argumentando que el tribunal “calificó erróneamente los hechos”, justificado.

Dos acusados ​​aceptan sentencias

En una solicitud presentada al caso en el último día disponible para la apelación, António Fernandes Alexandre y su empresa Look Real-Mediação Imobiliária, dio a conocer que “se conforman con la condena y pretenden comenzar a cumplir con el período de suspensión y pagos”, habiendo sido solicitado para separar el proceso restante, dados los recursos para la TRE.

António fue condenado a dos años de prisión suspendida en su ejecución por el mismo período con la condición de que pague a los Bomberos Voluntarios de Odemira (GFA), si el acusado no paga la cantidad a la que fue condenado, y la empresa condenada por un delito de blanqueo de capitales a una pena y multa de 240 si el acusado no paga la cantidad a la que fue condenado 100 Día Euro, ninguna de totales 24.000 euros.

El presidente del Colectivo de Magistrados emitió un auto en el que da como final e inapelable, en 21 Marzo, la condena de estos dos acusados.

Teixeira Correia

(periodista)


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