Serpa: Trabajadores del Hospital São Paulo, depende de SCMS y ex-ULSBA, afirman tener pagos atrasados


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Trabajadores del Hospital SerpaEn 14 De noviembre 2014 Trabajadores del Hospital Serpa, Trabajadores del Hospital Serpa, Trabajadores del Hospital Serpa. Trabajadores del Hospital Serpa 2015, Trabajadores del Hospital Serpa.

Trabajadores del Hospital Serpa, Trabajadores del Hospital Serpa (ULSBA, EPE) TODOS los trabajadores con contrato de trabajo CIT y la mayoría de los trabajadores con contrato de trabajo CTFP que optaron por permanecer en el mismo lugar de trabajo. Enfermeras fueron incluidas en esta transmisión, asistentes operativos y asistentes técnicos.

Este siendo un hospital en el que trabajaban, en el momento de la asignación, una unidad de convalecencia, una Unidad de Cuidados Paliativos y un Servicio de Atención Permanente (SAVIA), todos los trabajadores asignados trabajaron en turnos rotativos (mañanas, tardes y noches) Durante tan 24 horas en 365 dias de los años. Además, trabajaban en días festivos y fines de semana.. Así, fueron indemnizados con el pago de horas extraordinarias de conformidad con el artículo 268 del CT.

Sin embargo, por falta de recursos humanos, tan presente en la realidad de nuestro país, la mayoría de los trabajadores trabajaban por encima del 40 horas por semana, lo que dio lugar a tiempo libre no tomado, horas de
compensación y días de compensación/vacaciones no disfrutados por los trabajadores.

Con el traslado del Hospital de São Paulo en Serpa al local Santa Casa da Misericordia, TODOS los trabajadores asignados quedaron con altas cantidades de deuda, ya que no tendrían la oportunidad de ser disfrutados bajo la competencia de la entidad transmisora ​​del establecimiento.

Las cantidades adeudadas se pueden ver en el anexo de ASISTENCIA – HSPSERPA.pdf, en el que se ocultaban los nombres de los trabajadores, por razones de privacidad.

Para asegurar sus derechos, los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho.

los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho, los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho, los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho (los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho).

los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho, los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho 5 un 8 los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho – los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho “los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho”, la
los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho. los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho, los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho 1 y 3 los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho, los trabajadores enviaron cartas certificadas dirigidas a la Junta Directiva de la ULSBA exigiendo el pago de las cantidades adeudadas y adeudadas por derecho 2. Este punto establece que “el cedente responde solidariamente de las obligaciones vencidas hasta la fecha de la transmisión, durante el año siguiente a este.”

Como el cedente es la institución de la ULSBA, EPE no se entiende porque en todo momento, en una respuesta con 4 páginas, este punto es “ignorado”, desde su relevancia jurídica para la resolución de este embrollo, es
deveras importante para ser olvidado.

La situación laboral de todos los trabajadores asignados es indefinida, una vez que, ha pasado casi UN AÑO desde la transmisión, la entidad transmisora (ULSBA) manifiesta que no tiene obligaciones en el pago de horas en la bolsa de valores, Trabajadores del Hospital Serpa, Trabajadores del Hospital Serpa, haber pasado al nuevo empleador, mientras que la entidad adquirente (Serpa SCM) manifiesta que no tiene obligación de pagar el mismo, manifiesta que no tiene obligación de pagar el mismo.

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