MIENTRAS HAYA SEGURIDAD, HAY TURISMO
Septiembre27

MIENTRAS HAYA SEGURIDAD, HAY TURISMO

Se observa hoy, día 27 de septiembre, “Día Mundial del Turismoâ€, El turismo es considerado uno de los sectores económicos más importantes del mundo., asumiendo una importancia vital para la economía de muchos países, que tienen a este sector como elemento esencial para el crecimiento y desarrollo económico.

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LA VIOLENCIA JUVENIL: COMO PELEAR ?
Septiembre13

LA VIOLENCIA JUVENIL: COMO PELEAR ?

El nuevo año escolar 2023/2024 empezó ayer 12 de septiembre, constituyendo un acontecimiento que afecta a toda la sociedad, especialmente la comunidad escolar, Pero este curso escolar comienza con un aumento de la violencia juvenil y, por tanto, las medidas presentadas no resultan capaces de prevenir y combatir el fenómeno..

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ESTA DROGA ES PARA CONSUMO O TRÃFICO?
Septiembre06

ESTA DROGA ES PARA CONSUMO O TRÃFICO?

Teniendo en cuenta la promulgación por el Presidente de la República del diploma de la Asamblea de la República que aclara el régimen sancionador relativo a la posesión de drogas para consumo independientemente de la cantidad, que modifica el Decreto-Ley núm. 15/93, de 22 Enero, es el n.º de lei 30/2000, de 29 Noviembre, tan pronto como entre en vigor, obligará a las Fuerzas de Seguridad (FS), cada vez que incautan drogas, interrogar a su dueño, si la droga va a ser consumida o traficada?

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“NO EN EL SUELO, EN LO VIEJOâ€
Agosto30

“NO EN EL SUELO, EN LO VIEJOâ€

El tema de la protección de las personas mayores lo toco frecuentemente aquí en Lidador Noticias, el último artículo publicado ese día 15 Junio, con el título “Es obligatorio denunciar la violencia contra las personas mayoresâ€, Volviendo a sacar el tema hoy, recordar que se cumplen ocho años desde que se aprobó la “Estrategia de Protección a las Personas Mayoresâ€, sin embargo, aún no se ha tipificado como delito el delito de abandono, Por eso, el título del artículo fue robado de un sketch de Gato Fedorento., con el mismo nombre.

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PREVENCIÓN Y COMBATE DEL DELITO DE INCENDIOS FORESTALES
Agosto23

PREVENCIÓN Y COMBATE DEL DELITO DE INCENDIOS FORESTALES

El delito de “Incendio forestal†está tipificado en el artículo 274 del Código Penal, con la siguiente formulación: “Cualquiera que provoque incendio en terrenos ocupados por bosques, incluyendo bosques, o pasto, mata, formaciones vegetales espontáneas o en tierras agrícolas, propios o ajenos, Será sancionado con prisión de 1 un 8 año ". En la forma agravada, se castiga con pena privativa de libertad por 3 un 12 años y la negligencia también se castiga, entonces cuando se trata de un crimen, ¿Se puede prevenir y reprimir lo mismo?.

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