Diez meses de prisión, suspendido por un año, fue el penalti aplicado a Vítor Ramalho, ex miembro electo del partido Chega, en la Junta Parroquial de Póvoa de São Miguel, en el municipio de Moura, por disparos durante un altercado con un ciudadano kurdo con pasaporte suizo.
el acusado, de 56 años de edad, fue acusado de un simple crimen de homicidio, el intento de formulario, el uso de un arma de fuego, pero, fue condenado por el delito de amenaza agravada. El tribunal de jueces del tribunal de Beja consideró que "no se demostró que había disparado los disparos hacia la víctima, Ni tu camioneta, Entonces no había intención de matar ", sostenido al presidente.
Después de estar presente a un juez de instrucciones penales, el Tribunal de Moura, para el primer interrogatorio y, han sido liberados, el demandado vendió el 13 armas de fuego que poseía, a un armero, en montetrigo, condado de Portel. Durante la lectura del juicio, el magistrado sostuvo que las armas "serán devueltas. No sí mismos, pero, a la armería ", concluido.
"Comportamientos como lo que había, son inadmisibles y reprensibles, además muy serio. La pena de multa no se ajustó a la gravedad de los hechos ”, apoyó al juez.
El evento tuvo lugar el 8 Octubre 2021, esa área Alentejo, tras un altercado con Hemin Mohammed, de 41 años de edad, Tener Vítor Ramalho hizo dos tiros, habiendo confirmado en la corte este hecho justificando que "no estaba en su dirección, ni siquiera la cara que conduce ", luego apoyó al acusado.
Hablando con periodistas, Pedro Mendonça, El abogado defensor, Nuevamente fue bastante causado a la policía judicial (PJ), justificando que "pegaron una imagen de un individuo a un partido político (Leer llega), transportando el clima de la Asamblea de la República a la vida de un ciudadano ", concluido. El causal agregó que su cliente "tenía una actitud reprensible, pero, El colectivo de los jueces sabía cómo distinguir los dos tipos de delitos en cuestión, El asesinato y la amenaza. La decisión llegó a cumplir con mis expectativas ", justificado.
No debe haber apelación para la decisión, Dado que en el juicio el servicio de enjuiciamiento público (MP) defendió la tesis de que "no se demostró que había la intención de matar por el acusado", sostenido que esto debería ser castigado por delito agravado, lo que vino a pasar.
Teixeira Correia
(periodista)